La respuesta depende del cristal con que se mire.
En cumplimiento con la Ley 204 del 2oo8, en Puerto Rico un relacionista público debe ser licenciado para poder ejercer la profesión. La licencia es un requisito y el no tenerla acarrea sanciones.
Consideremos ahora el credencial APR (Accredited in Public Relations). La acreditación voluntaria en relaciones públicas, conocida como APR, en inglés, es conferida por el "Universal Accreditation Board" (UAB). En esta organización están representadas ocho reconocidas asociaciones profesionales, entre las que figura la Asociación de Relacionistas Profesionales de Puerto Rico (ARPPR).
El UAB administra y supervisa el examen de acreditación, que se ha ofrecido por los pasados 54 años. El credencial APR, que goza de prestigio global e identifica a practicantes con vasta experiencia y sentido de la ética, lo portan unos 5,000 profesionales a nivel internacional. De estos, solo 25 son pueriorriqueños.
Para promover que esta cifra aumente, la ARPPR pronto convocará a una orientación sobre el examen, que se ofrece una vez al año. En respuesta a la pregunta inicial, la licencia local es mandataria, mientras el deseo de ostentar el prestigioso credencial APR es un reto individual que, a su vez, ayuda a enaltecer nuestra profesión.
Publicado originalmente en el periódico El Nuevo Día, sección de Negocios.
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